12.9.07

Castigo colectivo


Un cohete artesanal de los denominados "qassam", presumiblemente lanzado por milicias cercanas, aunque dudosamente obedientes, a Hamás impactó ayer martes en un campamento de entrenamiento militar israelí situado en Zikim, junto a la frontera norte de la franja de Gaza. El resultado fue el de 69 soldados de leva israelíes en un incipiente estadio de instrucción militar heridos, uno de ellos de gravedad.

Con la fuerza aérea israelí muy ocupada en la frontera con Siria, y más allá de la frontera, y descartado un ataque por tierra por los indudables costos políticos y militares de tal operación, parece ser que el Gobierno de Israel está valorando la puesta en práctica de "otras medidas", que consistirían en la supresión de los suministros de energía eléctrica, agua y gasolina a la totalidad de los habitantes de la franja de Gaza, como respuesta al ataque relatado.

Dejando a un lado la dudosa eficacia militar y policial de tales medidas, parece claro que constituirían una represalia que se consistente en un castigo colectivo dirigido al conjunto de la población, sin ninguna distinción en consideración de su posible grado de autoría, complicidad o encubrimiento en el ataque.

Este castigo colectivo vería acentuado su carácter de represalia por la previsión que parece barajarse de establecer una tarifa retributiva de tres horas de supresión de los servicios básicos indicados por cada "qassam" lanzado.

Conviene recordar que la IV Convención de Ginebra prohíbe las represalias y los castigos colectivos a la población civil de los territorios ocupados, como sigue siendo a todos los efectos legales un territorio militarmente ocupado por Israel.

Conviene también recordar que la IV Convención de Ginebra no sólo obliga a los estados a cumplirla, sino a actuar para que los otros estados la cumplan.

Alguien debería de actuar para que esa nueva infracción del Derecho Internacional no llegue a perpetrarse.

Etiquetas: